Viento de Libertad
Viento de Libertad
Viento de Libertad es un proyecto del Comité Cerezo para la preservación de la memoria histórica, difusión y documentación de los presos políticos y de conciencia en México.

Ambrosio Antonio, Cirilo

Fecha de detención: 1ro de septiembre de 1996
Actualización: 20 de julio de 2009
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Tipo de preso: de conciencia (+)
Filiación Política: Organización de Pueblos Indígenas Zapotecos (OPIZ) (+)
Caso: Caso Loxichas (+)
Lugar de detención: Oaxaca (+)
Penal en que se encuentra: Ixcotel (+)
Tipo de delitos imputados Fuero común y federal (+)

Información adicional:

Libertad preparatoria, 19 de julio de 2009. Fuente: La Jornada, 20 de julio de 2009.

Testimonio: Nos detuvieron el 1 de septiembre de 1996, los policías judiciales nos amarraron de pies y manos y nos empezaron a golpear... los judiciales, taparon mi boca, mi nariz, mis ojos y torcieron mis brazos atrás, jalaron mis bolas, metieron el cañón de arma en mi boca. Sacaron un cuchillo para cortar mi pene.... Ellos me dijeron dime si no te mato y yo, pues ciertamente por tanto golpe tenía miedo, le contesté que sí, para que no me golpeara más. Ahí bajó un helicóptero nos llevaron a un cuarto de los judiciales, estuvimos tres días amarrados de día y de noche, sin agua ni tortillas.... También firmé un paquete de papeles, un buen tanto. No se como dice el acta porque no me dieron lectura. Me trasladaron a Oaxaca, ahí me llevaron a la Procuraduría de Justicia y colgaron una placa a mi cuello, me tomaron fotos, y ya en la penitenciaría, ellos dice aquí voy a leer la acta que levantaron en Huatulco. Escuché muchos problemas. Yo dije que con esta acta no estoy de acuerdo, porque menciona puras mentiras. Sin culpa estoy....

Actualización, 11 de julio de 2008 Se encuentra interno en Ixcotel, Oax, por sentencia de fecha once de marzo del año 2004, dictada por el Primer Tribunal Unitario del Décimo Tercer Circuito, en el Toca Penal número 226/2003, fue sentenciado a la pena de trece años y seis meses de prisión, por los delitos de Homicidio Simple Intencional, Tentativa de Homicidio Simple Intencional y Terrorismo y al pago de la cantidad de trece mil novecientos seis pesos con cincuenta centavos, por concepto de Reparación del daño. Se ha interpuesto el amparo 133/2008 del Juzgado 1° de Distrito en contra del Órgano Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social Federal por la negativa de otorgar el beneficio de pre liberación.


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